El volumen " e Smart Contract" se ha redactado como referencia para abogados, empresarios y técnicos en Italia que deseen obtener más información sobre y contratos inteligentes.
Compruébalo: Raffaele sobre la tecnología Smart ContractMarco Tullio en Talent Garden discutiendo sobre las oportunidades en la cadena de bloques
Si desea saber más sobre el "equipo de sueño legaltech" que nos apoyó, ¡siga leyendo hasta el final!
Como se mencionó, el libro es el trabajo de varios autores que brindan información útil sobre una tecnología disruptiva multifacética y en gran parte incomprendida.
La siguiente es una selección de los temas principales:
Las características más peculiares de . son incontrolabilidad y autonomía que lo hacen prácticamente imparable;La cadena de bloques nació para revolucionar la forma en que las personas, las organizaciones y, tal vez algún día, incluso los países intercambian "valor"; Sus características describen un potencial nuevo e inimaginable que va mucho más allá de la economía "simple";Las características habilitadas por Internet de valor a menudo permiten encontrar soluciones a problemas comerciales reales que no hubieran sido posibles utilizando tecnologías tradicionales;Descentralización, es decir, la atribución de los mismos derechos y nivel de información a cada dispositivo conectado a la red., es una declaración política, económica e informativa al mismo tiempo, que apunta a la libertad e independencia de los puntos de la cadena y excluye a una autoridad central con un papel administrativo;El uso de la tecnología para verificar la transferencia de criptomonedas, para confirmar la transferencia de propiedad, para verificar una suscripción, para determinar el origen y / o la autenticidad de un producto alimenticio o una obra de arte, para confirmar la validez de un voto, se puede resumir en un concepto básico: transferencia de información ;Los elementos fundamentales de una criptomoneda., desde un punto de vista investigativo, son la cadena de bloques, los dispositivos de usuario y las comunicaciones entre ellos;Es necesario pensar en el paradigma de la responsabilidad., construido alrededor de una imputación al menos por culpa: en el contexto de , no es necesariamente posible encontrar al autor de un error;Parece que no hay argumentos válidos de política pública para limitar e incluso menos para prohibir el uso de tecnologías prometedoras como y contrato inteligente;Bitcoin se distribuye bajo una licencia MIT entonces los nuevos desarrollos de software basados en Bitcoin no tienen limitaciones comerciales;El lenguaje de solidez se distribuye bajo GPL v.3: cada aplicación en Ethereum debe distribuirse como software libre (copyleft);GDPR se basa en la centralización, por lo tanto, contrasta con los sistemas descentralizados donde todos los pares realizan actividades de procesamiento de datos sin una distinción real entre controladores de datos, procesadores de datos y procesadores autorizadosLos contratos inteligentes pueden contener obligaciones con validez legal;Los contratos inteligentes que cumplen con los requisitos de las leyes contractuales pueden considerarse contratos legales.;La ventaja de los contratos inteligentes es la posibilidad de tener un antídoto incorporado a los problemas contractuales;Las organizaciones autónomas descentralizadas son entidades basadas en contratos inteligentes. donde las decisiones se toman de forma descentralizada; y contratos inteligentes pueden revolucionar el gobierno corporativo por ejemplo a través de la tokenización de acciones que permitirían registrar, rastrear y transferir acciones en la cadena de bloques con derechos incorporados dentro de los tokens;El proceso habitual de creación de propiedades inteligentes es la tokenización. a través del cual la propiedad de un bien o un derecho se transfiere en un DLT y se construye dentro de un contrato inteligente;La tecnología se puede aplicar como un sistema de resolución de disputas con el fin de acelerar la presentación de pruebas y garantizar su integridad y la certeza de los datos.
Legaltech parece una ola imparable liderada actualmente por compañías tecnológicas con sede en Estados Unidos. Sin embargo, académicos y abogados también son conscientes de esta tendencia, como lo demuestra la reciente conferencia "Abogacía en la era digital" organizada en las oficinas de Allen & Overy en Amsterdam por los profesores André Janssen y Pietro Ortolani de la Universidad Radboud, junto con el profesor Michel Cannarsa de la Universidad Católica de Lyon, el profesor Larry DiMatteo de la Universidad de Florida, el profesor Francisco de Elizalde de la Universidad IE de Madrid y el profesor Mateja Durovic del King's College de Londres (Por cierto, muchos de ellos son miembros del Comité Científico de Jur y esto no es una coincidencia).
Raffaele en Lawyering in the Digital Age
Los académicos y los abogados están dispuestos a asumir el desafío de comprender cómo las nuevas tecnologías encajan en el panorama legal actual, incluso los que parecen estar demasiado lejos de los principios establecidos, como la responsabilidad, la ley aplicable y la jurisdicción. De hecho, es innegable que la inteligencia artificial y la cadena de bloques requieren un cambio radical en la interpretación y aplicación de tales principios: un verdadero cambio de paradigma.
Como se observó en Amsterdam, las nuevas tecnologías no deben percibirse como una amenaza para los abogados, sino como un incentivo para desarrollar nuevas habilidades como la lógica computacional y la codificación.
Además, los abogados deben cambiar su actitud hacia la tecnología y hacia la profesión legal porque las actividades de rutina, la investigación legal básica y la redacción de contratos simples serán realizadas por software, mientras que los profesionales legales deberán ofrecer asesoría legal creativa y estratégica de valor agregado que solo intelecto humano puede realizar.